Ciudad de Panamá

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Estimados clientes y amigos: Mediante Resolución No.201-2753 del 26 de mayo del 2020, publicada en la Gaceta Oficial No.29035-A del día 29 de mayo, se extiende el plazo de presentación del Registro de Préstamos y/o Registro de Modificaciones de Préstamos Hipotecarios Preferenciales, correspondientes a los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre 2019 y los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio y julio de 2020, hasta el 30 de septiembre de 2020. La resolución de rige a partir de su publicación en la gaceta oficial, es decir a partir del día de hoy. En caso de requerir mayor información por favor

Estimados clientes y amigos: Mediante Decreto Ejecutivo 298 del 27 de mayo del 2020, publicado en la Gaceta Oficial No.29033 del día 27 de mayo, se modifican y adicionan artículos al Decreto Ejecutivo No.251 de 24 de marzo de 2020. Los aspectos más relevantes del decreto son los siguientes: Se concede un plazo de 120 días calendario contados a partir de la fecha de promulgación de la Ley No.134 de 20 de marzo de 2020 para el pago de tributos que se causen o deban pagarse durante el dicho período y que sean competencia de la DGI, sin que ello conlleve la

Estimados clientes y amigos: Por este medio les informamos que mediante la Ley No. 81 de 26 de marzo de 2019, publicada en la Gaceta Oficial No.28743-A, se establece una nueva norma para regular la protección de datos personales de los ciudadanos en la República de Panamá. Lo establecido en esta norma empezará a regir a partir del 30 de marzo de 2021, sin embargo procedemos a compartirle los aspectos más importantes de la misma. Como menciona su título, la Ley No. 81 de 2019 busca proteger los datos personales de los ciudadanos y residentes en Panamá, estableciendo una definición amplia de

Fecha: Panamá, 17 de abril de 2020. Asunto: Últimas disposiciones de la Corte Suprema de Justicia, Ministerio de Comercio e Industria (MICI) comunicado sobre la validación de salvoconductos y Ley Nº147 del 15 de abril de 2020 (Licencia Especial). Estimados clientes y amigos, Por considerarlo de interés, queremos compartir con ustedes, en adición a nuestros comunicados anteriores, este nuevo comunicado, con información más reciente sobre las últimas disposiciones del la Corte Suprema de Justicia, del Ministerio de Comercio e Industria (MICI) (sobre validación de salvoconductos) y la Ley Nº147 del 15 de abril de 2020: I. Corte Suprema de Justicia: Mediante acuerdo N° 159 del

Autor: David Sucre Fuente: https://www.ipandetec.org/2020/04/10/negocio-legal-coronavirus/ A la fuerza, la naturaleza nos golpeó y nos ha obligado hacer “reset” al mundo legal. El covid-19 nos tomó por sorpresa con algunas tecnologías estatales que ya funcionaban, otras que se desarrollaron en el momento para atender carencias en la urgencia que se afronta, pero la mayoría, por no ser urgentes para casos de salud, quedarán en un listado que esperamos sean atendidas en el futuro, para así aspirar a un Panamá con un gobierno digital al cien por ciento. Lo positivo. En medio de estos momentos, la Autoridad de Innovación Gubernamental ha adelantado varios de sus proyectos

Estimados clientes y amigos: Por este medio les informamos que mediante la Ley No. 144 de 15 de abril de 2020, publicada en la Gaceta Oficial No.29003-A, se modifica y adiciona artículos a la Ley 83 de 2012, referente al uso de medios electrónicos para los trámites gubernamentales. La ley va dirigida a crear un Panamá gubernamental 100% digital. De tal forma que las instituciones incluidas en esta norma, tendrán que agregar en su presupuesto anual los fondos necesarios para el cumplimiento de la agenda digital. La aplicación de la ley será gradual y de acuerdo a un cronograma establecido en la agenda

Fecha: Panamá, 3 de abril de 2020. Asunto: Plan Solidario – Deducción del Impuesto sobre la Renta. Estimados clientes y amigos: Por este medio les informamos que mediante la Ley No.139 de 2 de abril del 2020, publicada en la Gaceta Oficial No. 28994-B del 3 de abril, se adopta medidas de emergencia para afrontar la crisis sanitaria causada por la pandemia Covid-19. Entre otras medidas que contempla la ley, se establece que una vez decretada la emergencia nacional sanitaria, el Estado debe abrir una cuenta en el Banco Nacional. Las personas naturales o jurídicas podrán aportar fondos a la cuenta creada y el monto

Fecha: Panamá, 30 de marzo de 2020. Asunto: Últimas disposiciones del MITRADEL y sobre la expedición de salvoconductos. Estimados clientes y amigos, Por considerarlo de interés, queremos compartir con ustedes, en adición a nuestros dos comunicados anteriores, este nuevo comunicado, con información más reciente sobre las últimas disposiciones del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (MITRADEL) y sobre la expedición de salvoconductos: I. Procesos y trámites en la Dirección General de Trabajo: Mediante Resolución NºDM-147-2020 de 30 de marzo de 2020, el MITRADEL decidió extender la suspensión de los términos judiciales en los procesos y actuaciones que se tramitan en la Dirección General de Trabajo

Fecha: Panamá, 31 de marzo de 2020. Asunto: Nueva Resolución de la DGI – Nuevo Plazo para la Presentación de Informes. Estimados clientes y amigos: Por este medio les informamos que mediante Resolución No.201-2401 de 30 de marzo de 2020, publicada en la Gaceta Oficial No.28992-A de 31 de marzo de 2020, se amplía el plazo hasta el 30 de junio del presente año, para presentar los formularios cuyo período a reportar correspondía a los meses de febrero, marzo y abril del 2020, concernientes a: 1. Informe de contribuyentes no declarantes. 2. Informe de ventas con tarjeta de débito. 3. Informe de compra e importaciones de

PANAMÁ ADOPTA SISTEMA PRIVADO Y ÚNICO DE REGISTRO DE BENEFICIARIOS FINALES   Recientemente, a través de la ley No. 129 de 17 de marzo 2020, promulgada el 20 de marzo de 2020, (la “Ley”) se crea el sistema privado y único de registro de Beneficiarios Finales de personas jurídicas constituidas o registradas bajo las leyes de la República de Panamá (“Sistema Único”), el cuál será custodiado y administrado por la Superintendencia de Sujetos No Financieros (la “Superintendencia”) para garantizar la confidencialidad de la información sobre la identidad de los Beneficiarios Finales de personas jurídicas existentes en la República de Panamá. Con antelación a